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10.16.2021

Bennetts y la reforma en materia de subcontratación, cumpliendo con la ley en México

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Luis Bennetts Suro
Director Comercial

Para Bennetts siempre ha sido muy importante el respeto y cumplimiento de las leyes establecidas en nuestro país, en especial las que están relacionadas con nuestros colaboradores y clientes.



Muestra de ello es que incluso antes de que se llevara a cabo la reforma en materia de subcontratación, cada uno de los operadores que forman parte de nuestro personal ya se encontraban debidamente incorporados en nómina y los registros patronales con total cumplimiento a la legalidad mexicana.


Por eso queremos compartir con nuestros clientes que tienen la necesidad de contratar proveedores especializados o bien son proveedores de algunos de los sectores económicos de México, los retos a los que se enfrentarán y unas recomendaciones importantes relacionadas con la reforma a la subcontratación.


Tres retos ante la Reforma en materia de Subcontratación 


  1. Para actuar y tomar las medidas necesarias en beneficio de las empresas que representan, lo principal es que tengan muy claros y sepan distinguir los siguientes conceptos:



a. Subcontratación de personal. De acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, esta se presenta cuando una persona física o moral denominada “contratista” proporciona o pone trabajadores propios a disposición y en beneficio de otra conocida como “contratante”.


b. Servicios especializados. Reúnen elementos distintivos de la actividad que desempeña el contratista que forman parte del objeto social de este último y que aportan un valor agregado al contratante, toda vez que dichos elementos no forman parte del objeto social ni de la actividad económica del contratante.


c. Servicios independientes. Son las actividades que una persona física o moral se obliga a realizar en favor de otra, ya sea por sí misma o por conducto de sus trabajadores. Se requieren elementos adicionales al capital humano, como materiales y herramientas de trabajo.



  1. Si una empresa es de servicios especializados deberá realizar las modificaciones necesarias, tanto en su estructura como en su modelo de negocio, con el fin de cumplir con la reforma.

  2. Tanto una empresa de servicios especializados, como su cadena de suministro y proveeduría, deberán cumplir con lo necesario para estar en el padrón del Registro de Empresas que Prestan Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).



Por ejemplo, en Bennetts contamos con el Registro del Padrón de Proveedores de Servicios Especializados ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) con el folio 3,862.

Esenciales 1
Limpieza 1
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Seguridad 1

Recomendaciones ante a la Reforma en materia de Subcontratación


Derivado de lo anterior, le recomendamos a cada uno de nuestros clientes:



  • Analizar detalladamente la forma en que se está operando actualmente.



  • Conocer tanto la problemática como las contingencias que podría enfrentar tu empresa, directivos, el consejo de administración e incluso los accionistas.



  • Realizar anticipadamente, de la mano con los responsables de la empresa, los cambios urgentes e inmediatos, así como aquellos que se puedan establecer por etapas o fases.


No respetar la reforma trae consigo consecuencias que van desde multas de millones de pesos en materia laboral, hasta prisión preventiva oficiosa por defraudación fiscal.


Consecuencias de NO respetar la reforma en materia de subcontratación


No cumplir con lo establecido en la ley puede resultar catastrófico para las empresas. Algunas consecuencias son:

Fiscales
  • La subcontratación podrá constituir una calificativa para el delito de defraudación fiscal.

  • Los gastos inherentes a la subcontratación, por regla general, no constituirán gastos estrictamente indispensables para efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, por ende, no serán deducibles.

Laborales
  • En caso de que se continúe con la prestación de servicios de subcontratación de personal sin contar con el registro correspondiente ante la STPS, se impondrá una multa.

  • También se impondrá multa a las personas físicas o morales que se beneficien de la subcontratación cuando no se trate de servicios u obras especializadas.

  • La persona física o moral que contrate la prestación de servicios o la ejecución de obras con otra persona física o moral que incumpla las obligaciones en materia de seguridad social, será responsable solidaria en relación con los trabajadores utilizados para ejecutar dichas contrataciones.
Esenciales 1
Limpieza 2
Logros 1
Seguridad 1
Seguridad Social


  • Reclasificación de la empresa en el seguro de riesgos de trabajo en virtud de que la Ley del Seguro Social dispone que se tendrá que clasificar a la empresa con base en el riesgo más alto al que están expuestos los trabajadores.



  • Si se tiene trabajadores subcontratados sujetos a un riesgo más alto que el declarado por la empresa ahora estarán obligados a cargarlos al propio registro patronal, serán sujetos de una reclasificación con un aumento en la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo de hasta el 7%.

Para Bennets es importante que todas las empresas con las que colaboramos estén en regla con lo establecido en la ley, ya que así evitaremos actos ilícitos que den lugar a la evasión fiscal por parte de los contribuyentes y a la pérdida de los derechos laborales y de seguridad social para los trabajadores.


Esto es en beneficio de todos, en Bennetts les sugerimos asesorarse adecuadamente con expertos en la materia.  
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